Auditoría Integral: Conforme al artículo 16 fracción VI de la Ley de Justicia Electoral, corresponde al Órgano Interno de Control, verificar que las diversas áreas del tribunal que hayan recibido, manejado o administrado o ejercido recursos lo hagan conforme a la normatividad aplicable y montos autorizados.
Auditoría Capítulo 1000: Con el objeto de verificar que el presupuesto aplicado por el Tribunal en el capítulo 1000 «Servicios Personales» se haya registrado, aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de conformidad con la normatividad aplicable.
Su objetivo principal es: establecer las principales directrices, mecanismos de coordinación, comunicación y criterios generales para llevar a cabo el control interno.